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Las críticas de la AEDN a Naturhouse, "discrepancia científica"
  24/04/2012
  El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por Naturhouse contra la Asociación Española de Dietistas y Nutricionistas (AEDN) por lesión del honor a causa de unas declaraciones que, según el fallo, están amparadas por la libertad de expresión en el ámbito de la discrepancia científica. Noticia suscrita por Nuria Monsó, y publicada en DIARIO MEDICO 19.04.2012
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La demanda se produjo a raíz de unas declaraciones del presidente de la AEDN, Giusseppe Russolillo, en las que decía que "los técnicos de Naturhouse no están preparados, que han demostrado científicamente la ineficacia de sus productos, que la publicidad es engañosa y que mienten y engañan a sus clientes poniendo en peligro su salud".

Naturhouse alegó en su recurso que las declaraciones tenían un marcado carácter injurioso, pues les imputaban la comisión de delitos e ilícitos administrativos, manifestaciones que según la doctrina del Supremo no están por encima de la libertad de expresión.

Términos genéricos
El Supremo dicta que predomina la libertad de expresión, en este caso "en el ámbito de la legítima discrepancia científica". Las palabras del presidente "se enmarcan dentro de una crítica o denuncia severa al sistema de adelgazamiento, productos, técnica y procedimiento seguido por la compañía demandante al cuestionarse su respaldo científico".

Aunque pudieran resultar "literal y aisladamente ofensivas", al ser puestas en el contexto "de enfrentamiento existente entre los dietistas-nutricionistas" con Naturhouse "experimentan una disminución de su capacidad lesiva", dado que la AEDN hace la denuncia en términos genéricos, pues "no se alude a hechos, situaciones o productos concretos y tampoco se emplean palabras injuriosas".

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