La demanda se produjo a raíz de unas declaraciones del presidente de la AEDN, Giusseppe Russolillo, en las que decía que "los técnicos de Naturhouse no están preparados, que han demostrado científicamente la ineficacia de sus productos, que la publicidad es engañosa y que mienten y engañan a sus clientes poniendo en peligro su salud".
Naturhouse alegó en su recurso que las declaraciones tenían un marcado carácter injurioso, pues les imputaban la comisión de delitos e ilícitos administrativos, manifestaciones que según la doctrina del Supremo no están por encima de la libertad de expresión.
Términos genéricos El Supremo dicta que predomina la libertad de expresión, en este caso "en el ámbito de la legítima discrepancia científica". Las palabras del presidente "se enmarcan dentro de una crítica o denuncia severa al sistema de adelgazamiento, productos, técnica y procedimiento seguido por la compañía demandante al cuestionarse su respaldo científico".
Aunque pudieran resultar "literal y aisladamente ofensivas", al ser puestas en el contexto "de enfrentamiento existente entre los dietistas-nutricionistas" con Naturhouse "experimentan una disminución de su capacidad lesiva", dado que la AEDN hace la denuncia en términos genéricos, pues "no se alude a hechos, situaciones o productos concretos y tampoco se emplean palabras injuriosas".
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